Resumen | |
[J] | Seguro de reponsabilidad civil profesional. Poliza colegial. Si en una intervención hay dos actos médicos, se dan dos siniestros indemnizables, a efectos de aplicar el límite de la cobertura.(publicado en Actualidad Diaria 2287 el 19 de noviembre de 2012) |
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En el mes de diciembre de 1991 se presentó querella contra el Dr. Severiano (ginecólogo) y Don. Anton (pediatra) y la Clínica San Francisco Javier que terminó con sentencia absolutoria en relación con una pretendida falta de lesiones por imprudencia derivada de las inferidas al menor hijo de los querellantes, aquejado de parálisis cerebral. Por los padres del menor se entabló demanda registrada como juicio de menor cuantía, autos 672 de 1994 del JPI nº 4 de Bilbao contra los Dres. Severiano y Anton , los que fueron condenados solidariamente a abonar las cantidades que se determinarían en ejecución de sentencia; fue confirmada por la Audiencia Provincial y se inadmitió el recurso de casación interpuesto. En ejecución de sentencia se terminó la indemnización por auto del Juzgado de 28 de junio de 2002, que estableció 533.800,13 euros para el menor y 594.503,57 euros para los padres del menor, resolución que fue confirmada por la Audiencia Provincial. Por Don. Anton se interpuso demanda contra ALLIANZ que dio lugar al PO 493/2005 del JPI nº 4 de Bilbao dictándose sentencia con fecha 18 de octubre de 2005 con estimación parcial de la demanda, condenando a la demandada al pago de 150.253 euros. La sentencia fue confirmada por la Audiencia Provincial y se estimó parcialmente el recurso extraordinario por infracción procesal y se desestimó el de casación ante este Tribunal Supremo en sentencia de 30-11-2010, rec. 432 de 2007 . Durante la tramitación de dicho PO 493/2005 la aseguradora instó procedimiento de consignación de jurisdicción voluntaria, autos 703/2005 del JPI nº 4 de Bilbao, en el que se ofrecía la totalidad de la cobertura de la póliza a ambos doctores para que la repartiesen en la forma que estimaran oportuna, siendo sobreseído el expediente y devueltas las cantidades a la aseguradora. La demanda del presente procedimiento la interpone el Dr. Severiano contra la aseguradora ALLIANZ reclamando la totalidad del importe de la cobertura del seguro de responsabilidad civil, la que es estimada en primera y segunda instancia. El Supremo considera que estamos ante dos siniestros pues la asistencia al embarazo- parto y el examen posterior del recién nacido son actos médicos dispares, efectuados por dos médicos con diferentes especialidades, que no pertenecen al mismo equipo (hecho probado) y efectuados sobre pacientes diferentes (madre e hijo) y el límite cuantitativo de la cobertura del contrato de seguro es por siniestro,y concurriendo dos, se deberá entregar al demandante la totalidad de la misma. En función de la circunstancias estima que no puede entenderse que la consignación enerve el pago de intereses | |
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